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Como en cualquier trabajo, al llegar uno puede no conocer muy bien cuáles son sus funciones, cuáles son sus obligaciones o cuáles son sus derechos. Y los MIR no son una excepción: están contemplados dentro de la legislación española en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, donde se recoge su actividad formativa, sus derechos y sus deberes. 

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