ELECCION DEL TEST DE RESERVA PREOPERATORIO ÓPTIMO DE CONCENTRADO DE HEMATIES EN CIRUGIA PROGRAMADA. ¿CUÁNDO SE PUEDE ELIMINAR EL TEST DE RESERVA?.
A.Abad, MC, Ortega, P. López, A.Campos, F.Llobell, B.Navarro, A.Aranda.
Hospital Marina Alta (Servicio Valenciano de Salud) y Centro de Transfusiones de Alicante.
Fundamento y objetivos: Los cambios tecnológicos y los intentos de contener los costes crecientes en el cuidado de la salud, determinan que si los resultados de un test no contribuyen directamente a mejorar el cuidado y seguridad del paciente, ese test no debe ser realizado.El objetivo de nuestro estudio es identificar el test de reserva preoperatorio óptimo en diferentes intervenciones quirúrgicas y en que intervenciones se puede eliminar. Material y métodos: En nuestro Hospital hemos estudiado la transfusión perioeratoria de forma prospectiva durante los años 1995 a 1998, en 1034 pacientes consecutivos sometidos a las intervenciones quirúrgicas: colecistectomías, mastectomías, cirugía radical colorrectal, histerectomías, resección transuretral de vejiga, prostatectomía transuretral y suprapúbica, enclavado de Enders y DHS, prótesis de cadera y rodilla. Utilizando los indicadores de la reserva preoperatoria de concentrado de hematíes (cociente reserva/transfusión y pacientes con reserva/transfundidos, índice transfusional), hemos diseñado un algoritmo que nos permita identificar el test de reserva de sangre preoperatorio óptimo. Resultados: Proponemos a) eliminar el test de reserva en las colecistectomías por patología benigna de vías biliares y en las mastectomías por tumores de mama, b) la inclusión en programas de autotransfusión con predepósito de la cirugía oncológica colorrectal y la cirugía ortopédica programada;c) en los casos en que no se pudiera realizar, sería de elección la prueba cruzada mayor y el tipaje y escrutinio de anticuerpos irregulares. En el resto de los procedimientos el tipaje y escrutinio es test óptimo.
Este trabajo ha podido ser realizado gracias a la beca del FISS nº de expediente 97/0346.